Siguiendo con nuestra serie de posts sobre el contenido obligatorio en el cuaderno de campo (el actual y el inminente) llegamos a la sección del registro de la cosecha comercializada.
En el Real Decreto 1311/2012 sobre tratamientos fitosanitarios, no se recoge su obligatoriedad en el cuaderno de campo. De hecho no he podido localizar en que RD se contempla.
En cualquier caso, además de la declaración anual de cosecha, en el cuaderno de campo actual, queda claro que deben reflejarse los siguientes datos:
* Datos voluntarios
Cosecha comercializada/venta directa. Se identificará el producto y la fecha en la que se realiza la venta de la cosecha comercializada o la venta directa, pudiendo indicar la cantidad de producto de venta de cosecha comercializada, número de albarán o factura, número de lote, además de identificar al cliente mediante NIF/CIF, nombre o razón social, y dirección.
Estaremos encantados de ayudarte si tienes alguna duda sobre la aplicación. Puedes llamarnos o escribirnos un mail.
info@osigris.com 613 935 957 677 825 747