Llegamos al apartado final de esta serie de posts donde comparamos qué contenidos obligatorios había hasta ahora para el cuaderno de campo y cuáles se está barajando (de momento como Proyecto de Real Decreto) que serán a partir de 2023 junto con la entrada en vigor del cuaderno de campo digital (CUE) y el sistema de información del MAPA (SIEX).
El último apartado, "documentación adicional" hasta ahora se hacía referencia en la plantilla descargable del MAPA, que se debía conservar junto con el cuaderno de explotación, durante al menos 3 años los siguientes documentos según proceda:
Este apartado es complicado de comparar porque no se sabe qué será obligatorio conservar. En principio (suposición nuestra), deberá mantenerse toda esa documentación en cualqueir formato hasta la entrada en vigor del cuaderno digital (fecha prevista 1/7/23).
Entendemos que una vez entre en vigor, toda esa información estará integrada en el SIEX y no será necesario conservarla porque el MAPA la "conocerá en tiempo real".
Dentro de la rumorología que se vive estas semanas, se habla, por ejemplo, de que el agricultor deberá "subir" el contrato de asesoramiento con un técnico para que éste pueda acceder a su cuaderno digital y cubrir/firmar ciertos tratamientos.
También se supone que las facturas de compra/venta de productos fitosanitarios, que están en el RETO, sistema integrado en el SIEX ya serán enlazadas/conocidas para cada explotación.
En resumen, que de momento hay poca información y habrá que esperar a la publicación del RD definitivo, algo que se espera para este mismo mes de diciembre.
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