Nueva consulta publica Agosto + paquetes de ayudas

Buenas tardes a todos, me esta costando la vuelta de vacaciones pero parece que ya empiezo a centrarme, así que hoy os voy hacer un resumen de la nota aclaratoria de AGOSTO.

En esta nota aclaratoria, no solo hablan sobre la nueva fecha de incorporación del cuaderno de campo, también comentan las nuevas dimensiones de las explotaciones y los incentivos para el uso.

Se viene un correo algo largo, pero espero que este resumen os ayude.

Si no queréis leerlo, aquí os dejo un video resumen y también os adjunto el documento oficial subrayado por mi.

Por favor, leeros la PD final.

Lo primero de todo, vamos a dividir esta información en 7 partes al igual que el documento oficial:

1. Anotaciones en el cuaderno digital relacionadas con los nuevos Ecorregímenes y las ayudas asociadas de la PAC.
2. Más tiempo para facilitar la aplicación del cuaderno digital y facilitar su empleo de manera voluntaria.
3. Las explotaciones más pequeñas quedarán exentas de la obligación de emplear el cuaderno digital.
4. Quién debe usar el cuaderno digital y a partir de cuándo.
5. Caso particular de los beneficiarios de la PAC que soliciten determinados Ecorregímenes ligados a pastos.
6. Caso particular de superficies de invernaderos.
7. Medidas para fomentar el uso voluntario del cuaderno digital.



Vamos a empezar por el final, porque es la pregunta que más me habéis mandando esta ultima semana.

7. Medidas para fomentar el uso voluntario del cuaderno digital

Desde el ministerio quieren fomentar el uso voluntario del cuaderno de campo digital para que no se cree un embudo en los 3 últimos meses antes de la obligatoriedad. Por ello quieren fomentar el uso voluntario.

Como lo quieren fomentar ?


1 Concesión de ayudas específicas para promover la implantación del cuaderno digital a través del Real Decreto.

2 En las ayudas promovidas por el MAPA, se podrá priorizar o incrementar los importes cuando los beneficiarios hagan uso del cuaderno de explotación digital de manera voluntaria.

3 El MAPA llevará a cabo convenios con las entidades colaboradoras para promover el uso voluntario del cuaderno de explotación digital

4 En las solicitudes de ayuda de la PAC, los beneficiarios que empleen el cuaderno de explotación digital de manera voluntaria, estarán sometidos a menos controles y, en el caso de aplicarse penalizaciones, éstas serán más reducidas.

5 Con respecto a la fertilización :

  • Podrán hacer uso de una herramienta digital de fertilización, con la que podrán dar cumplimiento a la obligación de disponer de un asesor de fertilización8 para cumplimentar el plan de abonado. ( entiendo que si usas la herramienta, no tienes que disponer de un asesor de fertilización )
  • Estarán eximidos de la obligación de establecer medidas de mitigación ligadas al uso de urea.
  • Podrán superar las tolerancias de nitrógeno y/o de fósforo si se cumplen el resto de los requisitos.

No podemos decir una fechas claras a día de hoy, pero en los próximos meses sabremos los tamaños de estas ayudas y como se tienen que solicitar.

Una cosa queda clara, el MAPA quiere formentar el uso del cuaderno para evitar un embudo y que las administraciones se bloqueen en los últimos meses como pasa siempre con los programas de la administración.

Las CCAA ya están probando sus programas y antes de final de año deberían de tener una versión estable.


Seguimos con el punto Nº 1

1 Anotaciones en el cuaderno digital relacionadas con los nuevos Ecorregímenes y las ayudas asociadas de la PAC:

Lo vamos a pasar muy por encima. En este apartado hablan sobre la nueva información necesaria dentro del cuaderno de campo convencional y/o digital para poder acceder a las ayudas por Ecorregímenes.

Por ejemplo: Ecorregímenes basados en el mantenimiento de cubiertas en cultivos leñosos, tanto inertes como cubiertas vegetal espontánea o sembrada, es necesario anotar en el cuaderno de explotación la anchura de la cubierta y el momento en el que se ha implantado, así como las actividades de mantenimiento en el caso de las cubiertas vegetales.

Recordar que al final del correo os adjunto el documento oficial subrayado


2. Más tiempo para facilitar la aplicación del cuaderno digital y facilitar su empleo de manera voluntaria.

Este punto ya lo hemos comentado el día de la salida de la nota aclaratoria, se retrasa la entrada en vigor del cuaderno de campo y en el punto numero 4 hablaremos de fechas y tamaños de explotación.

En paralelo, hasta su entrada en vigor, se ponen en marcha medidas que promuevan el uso del cuaderno de explotación digital de manera voluntaria, de manera que, cuando su aplicación sea obligatoria, ya existan muchos agricultores que lo utilicen. Por último, se flexibiliza el uso del cuaderno de explotación digital, eximiendo de la obligación de su empleo a los agricultores con menor base territorial.

Ampliaremos la información en el punto 3 y 7


3. Las explotaciones más pequeñas quedarán exentas de la obligación de emplear el cuaderno digital.

Punto muy importante y que hay que explicar con calma, las explotaciones con las siguiente condiciones quedaran exentas del uso del cuaderno digital:

- Las que cuenten con una superficie agraria total menor o igual a 5 hectáreas, siempre y cuando tengan una superficie de regadío menor o igual a 1 hectárea, excepto en el caso de los invernaderos.

- Dispongan únicamente de superficie de pastos, siempre que no realicen aplicaciones de fertilizantes en dichas superficies.

IMPORTANTE: Estas explotaciones quedaran exentas de la realización del cuaderno de campo digital, pero como se vera en el punto5 . Si quieren cobrar alguna ayuda, tendran que estar digitalizadas.


4. Quién debe usar el cuaderno digital y a partir de cuándo.

La aplicación del cuaderno de explotación digital se realizará de forma progresiva a partir del 1 de septiembre de 2024 y a partir del 1 de septiembre de 2025.

El 1 de septiembre de 2024, el cuaderno de explotación digital será obligatorio para las explotaciones que:

- Cuenten con una superficie total, sumando la superficie de tierras de cultivo y de cultivos permanentes, superior a 30 hectáreas.

- Sobre el total de su superficie de tierras de cultivo y de cultivos permanentes, tengan más 5 hectáreas de regadío.

- Dispongan de cultivos bajo invernadero.

A partir de la segunda fecha, el 1 de septiembre de 2025, deben emplear el cuaderno de explotación digital el resto de los productores, excepto los excluidos de su aplicación, como se indicaba en el punto 3.

IMPORTANTE: a partir del 1 de septiembre de 2024, en el caso de productos fitosanitarios cuyo empleo se realice al amparo de una autorización excepcional concedida por el MAPA, solo podrán utilizarse si el agricultor realiza las anotaciones en un cuaderno de explotación digital.


5. Caso particular de los beneficiarios de la PAC que soliciten determinados Ecorregímenes ligados a pastos.

Como comentamos en el punto 3, se puede dar el caso de explotaciones, que por tamaño o por pastos libres de fitos o fertilizantes no tengan que usar el cuaderno de campo digital, pero si quieren cobrar la ayuda, tienen que apuntarlo en el cuaderno digital.

Explicación:
Por ello, estos titulares, aunque no tengan la obligación de utilizar el cuaderno digital, podrán emplearlo de forma voluntaria para realizar las anotaciones relativas a los pagos por Ecorregímenes o bien poner a disposición de la autoridad competente de la comunidad autónoma, la información necesaria para recibir dichos pagos, en la forma que determine la normativa.


6. Caso particular de superficies de invernaderos.

Los titulares de invernaderos con acceso al interior deberán utilizar el cuaderno digital de manera obligatoria para las aplicaciones de fertilizantes y fitosanitarios, debido al uso elevado de este tipo de insumos las producciones que se realizan en este tipo de instalaciones.



Hasta aquí, si has llegado al final , eres un valiente.

Próximamente vamos a realizar un webinar sobre esta nota aclaratoria, explicando los tiempos y como se ha quedado todo.

PD IMPORTANTE: esto es una nota aclaratoria que han querido sacar tras la inminente entrada en vigor del Real decreto.

La realidad es, según el BOE , el 1 de septiembre de 2023 entra en vigor el cuaderno de campo digital. Por ahora no tenemos ningún documento oficial que modifique el anterior.

Esto quiere decir que : si en dos días no sale un documento oficial en el BOE, entramos en el ultimo real decreto , por tanto entra en vigor el cuaderno de campo digital, en septiembre para eco régimen y en enero para las grandes explotaciones.

Mi opinión: creo que han querido sacar esta nota para que la gente este tranquila y a pesar de que se haga oficial , estos serán los próximos pasos de la administración.

Si tenéis alguna pregunta que os gustaría que contestáramos, podéis escribirme a jsenande@osigris.com

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